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Declaración Conjunta o Individual

Declaración Conjunta o Individual
06/06/2016

Normalmente la declración del IRPF se presenta de manera individual, pero hay ocasiones en que las personas de una unidad familiar puede optar por la declaración conjunta..

La declaración conjunta vincula a todos los miembros de la unidad familoar, con lo que si un miembro presenta la declaración individual, el resto de los miembros de la unidad familiar deberán usar el mismo régimen tributario.

La declaración conjunta resulta interesante cuando uno de los cónyujes no trabaja, tiene rentas muy bajas o en familiar monoparentales cuando los hijos no trabajan.

La modalidad de delaración conjunta presenta las iguientes características:

-Para determinar la existencia o no de la obligación de declarar, el importe de las rentas, la base imponible y liquidable y la deuda tributaria, se aplicarán, con carácter general, las reglas de tributación individual, sin que proceda (excepto en las reglas especiales comentadas a continuación) la elevación o multiplicación de los importes o límites en función del número de miembros de la unidad familiar.

-Las rentas de cualquier tipo obtenidas por todos y cada uno de los miembros de la unidad familiar se someterán a gravamen acumuladamente.

-Todos los miembros de la unidad familiar quedarán sometidos al impuesto conjunta y solidariamente, de forma que la deuda tributaria, resultante de la declaración o descubierta por la Administración, podrá ser exigida en su totalidad a cualquiera de ellos.

-Se aplica las mismas escalas de gravamen (general y autonómica o complementaria) que para la tributación individual.

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